En fallo unánime, la Tercera Sala del tribunal de alzada –integrada por las ministras Adelita Ravanales, Jenny Book y Verónica Sabaj– ratificó la sentencia dictada por el Tercer Juzgado Civil de Santiago, que acogió la demanda y estableció la responsabilidad del fisco en las diversas torturas y apremios ilegítimos a que fueron sometidos Donoso Cáceres y Ugarte González por agentes del Estado.
El caso se originó en un ataque perpetrado por el Frente Patriótico Manuel Rodríguez (FPMR), al retén de Los Queñes, comuna de Romeral, hoy Región del Maule, el 21 de octubre de 1988, en el marco de su Guerra Patriótica Nacional.
El 25 de octubre se informó la detención de seis integrantes del comando que había actuado en el ataque: Carlos Ríos Bassi, Richard Ledezma Plaza, Miguel Ángel Colina, Manuel Araneda González, José Luis Donoso Cáceres y José Ugarte González. Todos habían sido capturados el día anterior y sometidos a torturas.
El 30 de octubre se encontraron los cuerpos sin vida de Raúl Pellegrin y Cecilia Magni, flotando en las aguas del río Tinguiririca. Según los informes de autopsia los cadáveres presentaban lesiones contusas y huellas de aplicación de electricidad. Ambos eran los comandantes del grupo.
Los informes médicos señalaron además que la causa de las muertes fueron asfixia por sumersión en agua y contusiones torácicas dorsales, las que se aplican por acción de instrumentos romos contundentes dada su profundidad y la ausencia de lesiones externas.
CL/Aton Chile
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